| EMPLEO |
Esta sección la dedicaremos a teneros informados sobre las distintas ofertas de empleo en nuestro Ayuntamiento, la Comarca y su entorno. Incluiremos también enlaces de interés relacionados con el mundo del trabajo y la inserción laboral.
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BASES PARA UNA PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL EN VALLE DE LA SERENA ( AL AMPARO DEL DECRETO 110/2002, DE 23 DE JULIO) 1.REQUISITOS GENERALES
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos supondrá la exclusión del proceso selectivo. 2. SOLICITUDES Y ACREDITACIÓN DE MÉRITOS Y REQUISITOS. 2.1 Quienes deseen acceder a esta oferta deberán hacerlo constar en la solicitud, que se hará en modelo libre, dirigida al Director del Centro de Empleo que le corresponda. La solicitud deberá tener registro de entrada en el Servicio Extremeño Público de Empleo ( Servicios Provinciales de Badajoz o Cáceres, o Centros de Empleo de la región ) entre los días " 4 al 14 de noviembre, ambos inclusive". 2.2 Junto a la instancia, deberá aportarse la siguiente documentación :
El modelo oficial de currículum vitae estará disponible en los centros de empleo de la región y en los Servicios Provinciales del Sexpe en Badajoz y Cáceres. La no presentación de cualquiera de estos documentos supondrá la exclusión del proceso selectivo. Los méritos alegados y no acreditados no serán valorados El aspirante seleccionado para ocupar la plaza de AEDL, convocada, una vez finalizado el proceso selectivo, deberá acreditar documentalmente en el centro de empleo gestor de la oferta su situación de desempleado mediante certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social ( informe de vida laboral ). Así mismo, deberá acreditar documentalmente, con la presentación de documentos originales en el centro de empleo gestor de la oferta, los méritos alegados en el currículum vitae. 3. PROCESO SELECTIVO 3.1 El proceso selectivo constará de dos parte, que tendrán carácter eliminatorio, siendo requisito imprescindible para superar las mismas haber obtenido las puntuaciones mínimas requeridas:
3.1.1. Primera prueba: La valoración del currículum vitae se hará de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo I de esta Convocatoria. El máximo de esta prueba se establece en 10 puntos. Los cursos a los que se refiere este Baremo tienen que estar reconocidos por cualquier Administración Pública. La experiencia laboral se valorará con la obligada presentación del contrato de trabajo acompañado del correspondiente certificado de empresa o informe de la vida laboral . Las Comisiones Mixtas de Selección preseleccionarán por orden de mayor puntuación y siempre que sea posible, a tres candidatos por puesto de trabajo ofertado, en función de la valoración obtenida por cada candidato en esta primera fase. Este número se podrá ampliar en el caso de que haya candidatos con la misma puntuación . Una vez baremados los currículum, se publicará en los tablones de anuncios de los Centros de Empleo y de las Entidades Promotoras respectivas el listado provisional con las puntuaciones obtenidas. Las posibles reclamaciones a este listado provisional deberán realizarse en un plazo máximo de 48 horas a partir de su publicación. Transcurrido este plazo, se publicará en los lugares señalados anteriormente el listado definitivo de los aspirantes que acceden a la segunda prueba ( entrevista ), lugar, fecha y hora de celebración . 3.1.2 Segunda prueba: La realizarán los aspirantes que figuren en el listado definitivo en la fase de baremación, y consistirá en la realización de una entrevista relacionada con el puesto de trabajo de Agente de Empleo y Desarrollo Local . La puntuación mínima exigida para superar esta prueba será de 5 puntos, siendo el máximo de 10 puntos. Las posibles reclamaciones a las puntuaciones obtenidas en esta segunda prueba se formalizarán por escrito, en el plazo de 24 horas siguientes a la publicación de los resultados. De no existir en dicho plazo reclamación alguna, la relación de admitidos pasará a ser definitiva. 3.2 La puntuación final del proceso selectivo se obtendrá mediante la media ponderada de las puntuaciones obtenidas en las dos fases, considerándose un 30% de la primera fase (baremación ) y un 70 % de la segunda fase (entrevista). 3.3 Los resultados obtenidos en las pruebas , se publicarán en los tablones de anuncios de los Centros de Empleo de la región y en los de las Entidades Promotoras, siendo propuestos para ocupar las plazas de AEDL los candidatos con las máximas puntuaciones. 3.4 El día que señale el tribunal ,se realizará un llamamiento único por orden de puntuación , de mayor a menor, a los candidatos que hayan obtenido las mejores puntuaciones totales, para la elección de plazas. 3.5 El tribunal seleccionador se reserva la facultad de interpretar y resolver cuestiones no descritas expresamente en las presentes bases. 3.6 La oferta de empleo quedará cerrada con la presentación y mecanización del contrato en el Centro de Empleo correspondiente. 4. RECLAMACIONES 4.1 Las reclamaciones que pudieran producirse en la primera fase del proceso selectivo (baremación de méritos ), deberán realizarse, dentro del plazo de 48 horas, por escrito dirigido al Servicio Territorial del que dependa el centro de empleo donde se presentó la solicitud. Las reclamaciones a los resultados de la segunda fase del proceso selectivo ( entrevista ) se realizarán, dentro del plazo de 24 horas, por escrito dirigido a la Comisión Mixta de Selección correspondiente, Servicios Centrales del Servicio Extremeño Público de Empleo, en Mérida. Para realizar cualquier tipo de consulta referida al proceso selectivo, deberán llamar a los teléfonos de contacto 924 01 27 60 - 924 01 28 18 ( Badajoz ) y 927 00 51 82 - 927 00 51 83 ( Cáceres). CALENDARIO DE LAS PRUEBAS
ANEXO I
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| FORMACIÓN | ||||||||||||||||
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Si no se especifican las horas de duración de un
curso, éste no será valorado. La formación recibida de un mismo curso se
valorará una sola vez.
La impartición de un mismo curso solo se valorará por horas como formación impartida la primera vez, siempre que figuren éstas en el contrato; el resto será valorado como experiencia profesional . |
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a) Por cada hora de curso sobre AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL recibido b) Por cada hora de curso sobre AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL impartido |
0,004 puntos
0,008 puntos |
Puntuación máxima: 2 puntos | ||||||||||||||
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c) Por cada hora de cursos impartidos o recibidos de los que figuran en el Anexo II de la Convocatoria. |
0,002 puntos | Puntuación máxima: 3 puntos | ||||||||||||||
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ANEXO II |
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| RELACIÓN DE CURSOS VALORABLES | ||||||||||||||||
| AGENTE DE DESARROLLO TURÍSTICO | ||||||||||||||||
| AGENTE DINAMIZADOR DE EMPLEO / EMPRESARIAL/MEDIO RURAL | ||||||||||||||||
| APLICACIONES INFORMÁTICAS DE GESTIÓN | ||||||||||||||||
| BÁSICO/AVANZADO DE SOCIEDADES LABORALES | ||||||||||||||||
| COMERCIO EXTERIOR | ||||||||||||||||
| CONTABILIDAD | ||||||||||||||||
| CREACIÓN/GESTIÓN DE EMPRESAS | ||||||||||||||||
| CREACIÓN/GESTIÓN DE EMPRESAS: AUTOEMPLEO | ||||||||||||||||
| CURSO INTEGRAL SOBRE CALIDAD | ||||||||||||||||
| DERECHO COMUNITARIO | ||||||||||||||||
| DINAMIZADOR EMPRESARIAL | ||||||||||||||||
| DIRECCIÓN DE EQUIPOS HUMANOS | ||||||||||||||||
| DIRECCIÓN Y DINÁMICA DE GRUPOS | ||||||||||||||||
| DISEÑO DE MEDIOS DIDÁCTICOS RELACIONADOS CON EL EMPLEO | ||||||||||||||||
| EMPLEADO DE GESTIÓN FINANCIERA DE EMPRESAS | ||||||||||||||||
| EXPERTO EN COMUNIDADES EUROPEAS | ||||||||||||||||
| EXPERTO EN DISEÑO Y ADMINISTRACIÓN DE LA FORMACIÓN ON LINE | ||||||||||||||||
| EXPERTO EN GESTIÓN CONTABLE/EMPRESARIAL/FISCAL/PERSONAL | ||||||||||||||||
| FOMENTO DE EMPRENDEDORES | ||||||||||||||||
| FOMENTO ESPÍRITU EMPRESARIAL | ||||||||||||||||
| FONDOS ESTRUCTURALES | ||||||||||||||||
| FORMACIÓN IMPARTICIÓN ACCIONES AUTOEMPLEO | ||||||||||||||||
| FORMACIÓN TÉCNICA EN ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO | ||||||||||||||||
| FORMADOR DE FORMADORES | ||||||||||||||||
| FORMACIÓN OCUPACIONAL | ||||||||||||||||
| GERENTE DE EMPRESAS | ||||||||||||||||
| GESTIÓN DE AYUDAS FINANCIADAS CON FONDOS COMUNITARIOS | ||||||||||||||||
| GESTIÓN/CREACIÓN DE EMPRESAS /COOPERATIVAS /SOCIEDADES LABORALES | ||||||||||||||||
| GESTIÓN DE PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL | ||||||||||||||||
| GESTIÓN DE EMPLEO / DESARROLLO LOCAL | ||||||||||||||||
| GESTIÓN DEL TERRITORIO | ||||||||||||||||
| GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL | ||||||||||||||||
| GESTOR DE FORMACIÓN | ||||||||||||||||
| GESTOR DE COLOCACIÓN | ||||||||||||||||
| GESTOR TURÍSTICO | ||||||||||||||||
| INFORMÁTICA DE GESTIÓN | ||||||||||||||||
| INFORMÁTICA DE GESTIÓN DE EMPRESAS | ||||||||||||||||
| INSERCIÓN LABORAL Y TÉCNICAS DE BÚSQUEDA DE EMPLEO | ||||||||||||||||
| INSERCIÓN SOCIOLABORAL | ||||||||||||||||
| MARKETING | ||||||||||||||||
| MEDIADOR SOCIOLABORAL | ||||||||||||||||
| MERCADO LABORAL | ||||||||||||||||
| METODOLOGÍA DEL ANÁLISIS DE TRABAJO | ||||||||||||||||
| METODOLOGÍA DIDÁCTICA | ||||||||||||||||
| MOTODOLOGÍA FORMACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA | ||||||||||||||||
| ORDENACIÓN DEL TERRITORIO | ||||||||||||||||
| ORIENTACIÓN / INSERCIÓN LABORAL | ||||||||||||||||
| PLANES DE VIABILIDAD Y ESTUDIOS DE MERCADO | ||||||||||||||||
| PROMOCIÓN EMPRESARIAL | ||||||||||||||||
| RECURSOS HUMANOS | ||||||||||||||||
| RÉGIMEN FISCAL | ||||||||||||||||
| RELACIONES HUMANAS | ||||||||||||||||
| TÉCNICAS DE BÚSQUEDA DE EMPLEO | ||||||||||||||||
| TÉCNICO DE FORMACIÓN | ||||||||||||||||
| TUTOR DE EMPRESA | ||||||||||||||||
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BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO: AUXILIARES DE HOGAR CLUB CON PISOS TUTELADOS. PRIMERA:OBJETO 1.1.- Confección de una bolsa de trabajo en la que se integran todos los aspirantes a ocupar los puestos de AUXILIARES en PISOS TUTELADOS que, con carácter eventual, queden vacantes en el HOGAR CLUB CON PISOS TUTELADOS de Valle de la Serena. 1.2.- La lista anterior se realizará conforme a la puntuación del baremo incluida en la base tercera. 1.3.- El orden para ocupar los puestos vendrá determinado por la mayor puntuación que se obtenga, según las siguientes reglas: a) Para cada período semestral, se seleccionarán los aspirantes por orden de puntuación en la bolsa de trabajo. b) Si se ocasionase una vacante definitiva antes de finalizar el período semestral será cubierta la misma por un integrante de la lista que en esos momentos tenga una "necesidad imperante", desde un punto de vista económico, social, familiar, laboral o de naturaleza similar, sin que la posición que ocupe en la Bolsa, la persona sustituta, se vea alterada por dicha actuación . Si en esos momentos no hubiese caso alguno de "necesidad imperante" se cubrirá la vacante por el inmediato siguiente en orden de puntuación al último seleccionado, quien además del plazo de la vacante prorrogará su contrato hasta completar los 6 meses correspondientes. Queda totalmente excluido de la lista el causante de la vacante. Si se ocasionase una baja eventual ( enfermedad u otros ) la misma será cubierta de la forma prevista en el párrafo anterior. En este supuesto una vez cubierta la plaza por su titular, se dará de baja en la empresa a la persona que esté haciendo la sustitución, sin que el período trabajado se le acumule al semestral correspondiente. c) Si algún integrante de la "Bolsa" rechazase el puesto de trabajo en el momento de ser requerido para ocupar el mismo pasará al siguiente turno, siempre que el rechazo fuese motivado por alguno de las causas siguientes:
Si no pudiese justificar de forma suficiente las anteriores causas, También quedará excluido el que rehúse de su derecho a la contratación por motivos diferentes a los anteriores expuestos. La plaza desierta se ocupará por el inmediato siguiente en orden de puntuación, al último seleccionado. 1.4.- El orden previsto en el apartado A) podrá ser alterado por caso de " necesidad imperante". 1.5.- Concluida para una sola vez la lista de trabajo, se procederá a la elaboración de una nueva. SEGUNDA: CONDICIONES Y REQUISITOS A) Ser español o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea. B) No padecer enfermedad, defecto psíquico o físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. C) Tener 18 años cumplidos en el momento de abrirse el plazo de presentación. D) Ser demandante de empleo inscrito en la correspondiente oficina de Empleo. E) No cobrar prestación por desempleo a la fecha de contratación, condición que tendrán que justificar en dicho momento con certificado expedido por el INEM. TERCERO: CRITERIOS DE SELECCIÓN La selección se efectuará conforme a lo siguiente: 3.1.- Baremo de méritos: 1.- Haber realizado cursos de formación en Auxiliar de Geriatría, Ayuda a Domicilio, o cualquier otro relacionado con la labor a desempeñar............0,5 puntos 2.-Por cada mes natural completo en desempleo (justificando) desde la última relación laboral.............1 punto. 3.- Por ser madre soltera, separada o en trámites de separación o en circunstancias especiales.......1 punto. 4.- Experiencia laboral demostrada en el campo de la geriatría..........0,10 puntos por mes trabajado. Los méritos valorados en los puntos de 2 y 3 se referirán al momento de apertura del plazo de presentación de instancia.
3.2.- Entrevista personal, debiendo entregar en ese momento copia del curriculo vitae actualizado a los miembros que formarán parte de la misma. Se puntuará de 0 a 10 puntos Si aplicada la puntuación anterior se produce empate, se resolverá el mismo mediante la elaboración de un informe por parte de la Trabajadora Social de este Ayuntamiento. CUARTA: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS 4.1.- Las instancias solicitando formar parte de la Bolsa de Trabajo para cubrir las plazas de Auxiliares de Hogar vacantes en este Ayuntamiento, están a disposición de todos los interesados en el Registro general de esta entidad local. 4.2.- La solicitud anterior deberá ir acompañada de la siguiente documentación.
4.3.- Las instancias se presentarán en horario de oficina y en el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la exposición al público de las presentes bases en el tablón de anuncios. QUINTA: ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES Y BAREMACIÓN. Finalizado el plazo de presentación de instancias , se reunirá la Comisión de Selección que, a la vista de la documentación presentada y en el plazo de 6 días naturales, elaborará una lista de admitidos y excluidos si los hubiere, indicando en este acaso la/s causa/s de la exclusión, con la valoración, para los admitidos, según criterios establecidos en la base tercera y concediendo un plazo de 5 días naturales para subsanación de defectos y reclamaciones en su caso. En el plazo de 5 días la Comisión resolverá las reclamaciones presentadas y expondrá al público la bolsa de trabajo definitiva, elevando a la alcaldía la correspondiente propuesta de contratación De no existir excluidos en la lista provisional , que es lo que justifica el plazo para presentar reclamaciones, éste se omitirá elevándose dicha lista a definitiva. SEXTA: COMISIÓN DE SELECCIÓN La Comisión estará integrada por los miembros siguientes:
- La trabajadora Social de esta Entidad - Un/a trabajador/a Social de la Mancomunidad, designado/a por su Presidente. - Un Psicólogo/a de la Mancomunidad, designado/a por su Presidente.
SEPTIMA : Una vez finalizada las contrataciones de la bolsa de trabajo constituida con arreglo a las presentes bases, podrán formarse otras bolsas de trabajo iniciándose el expediente mediante resolución de alcaldía que se basará en las bases procedentes tal y como aparecen redactadas. DISPOSICIÓN FINAL 1) Las presentes bases entrarán en vigor y comenzarán a aplicarse el día siguiente al de su aprobación por esta Alcaldía, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. 2) Las presentes bases, que constan de siete cláusula, fueron aprobadas por Resolución de Alcaldía de fecha 19 de septiembre de 2.005. DILIGENCIA: que pongo yo, el Secretario del Ayuntamiento de Valle de la Serena, para hacer constar que las presentes Bases , que constan de siete cláusulas y obran en cuatro folios debidamente numerados, fueron aprobadas por Resolución de la Señora Alcaldesa de 19 de septiembre 2.005. Lo que firmo, a los efectos que procedan, en Valle de la Serena a 19 de septiembre de 2.005. VºBº LA ALCALDESA EL SECRETARIO
Fdo: Mª Sol Mateos Nogales Fdo: Manuel Caballero Muñoz
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OFERTAS DE EMPLEO |
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